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Vásquez afirma que TCP aplicó control de convencionalidad en sentencia sobre reelección presidencial

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Luis Vásquez Villamor, exsenador y experto en la revisión de la Constitución Política del Estado en 2008, ha declarado que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) al emitir la Sentencia 1010/2023-S4, aplicó el control de convencionalidad sobre la reelección indefinida, basándose en la Opinión Consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH). Esta sentencia establece que la reelección indefinida no es un derecho humano y limita la reelección presidencial en Bolivia a un período adicional, ya sea continuo o discontinuo.

Vásquez explicó que la decisión del TCP tiene un efecto «erga omnes», lo que significa que se aplica a todos, sin necesidad de especificar a determinada persona. Criticó el entendimiento de Eduardo Rodríguez Veltzé, expresidente de la Corte Suprema de Justicia, y Carlos Romero, exministro de Gobierno, sobre la convencionalidad de las decisiones de la Corte-IDH, enfatizando que estas decisiones y opiniones consultivas tienen aplicación piramidal y preferente en los estados que han firmado la Convención Americana para Derechos Humanos.

La Sentencia 1010 del TCP, según Vásquez, pone en orden aspectos que ya se trabajaban en toda América Latina con respecto a la reelección presidencial. La sentencia establece que cualquier candidato que haya ejercido dos mandatos, continuos o discontinuos, no puede presentarse nuevamente como candidato.

Vásquez también abordó las declaraciones de Carlos Romero, quien argumentó que no existe una norma específica que limite la reelección en períodos discontinuos. Vásquez contradijo esta afirmación, aclarando que el control de convencionalidad es una norma de aplicación jerárquica que se sitúa por encima incluso de la Constitución Política del Estado, según los artículos 256 y 410 de la misma.

El experto concluyó que la Sentencia 1010 aplica obligatoriamente en todos los casos similares, y no puede haber dos interpretaciones distintas. Por lo tanto, no hay posibilidad de confusión sobre su aplicación en casos como el del expresidente Evo Morales, quien aspiraba a un nuevo mandato presidencial.

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